Connect with us

Local

Ciudadanos podra contar con asesoria en el momento al ser detenidos

Ciudadanos podra contar con asesoria en el momento al ser detenidos por un elemento de transito

Published

on

Por Redacciòn

 

Hermosillo, Sonora. 15 de septiembre de 2016. Un centro de atención telefónica para que opere las 24 horas los 365 días año para atender dudas y asesore a ciudadanos al momento de ser detenido por elemento de tránsito, es la propuesta que realizaron los regidores ciudadanos, Rosa Elena Trujillo Llanes y José Pedro Reyes Gracia, al cabildo de Hermosillo el pasado lunes.

 

La desinformación al reglamento de tránsito genera el escenario propicio para el “moche” es necesario orientar al ciudadano, combatir la corrupción y dignificar a la policía que tiene como misión la seguridad de los ciudadanos y no la recaudación.

 

En ese sentido, la Secretaria de Seguridad Pública Municipal requiere adecuar su marco normativo, organizacional y de funcionamiento para garantizar a los ciudadanos una vida en armonía, con respeto de sus derechos humanos, ya que el Municipio es el garante de la seguridad pública y el máximo responsable de evitar alteraciones sociales.

 

Dentro de estas actualizaciones y armonizaciones legales, es preciso atender la prevención y cultura de la denuncia contra servidores públicos corruptos, en la conocida Dirección de Asuntos internos, a través de gestión policial en todos sus aspectos, según lo establecen el Bando de Policía y Gobierno para el Municipio de Hermosillo en el siguiente articulado:

 

La práctica internacional ha demostrado que con la implementación de medidas similares de denuncia a través de centros de servicios telefónicos  o de ayuda ciudadana, también conocidos como “Call Center”, la denuncia a policías corruptos, se ha logrado mejorar notablemente el profesionalismo del personal policial y consecuentemente se ha reducido los hechos de corrupción y de impunidad en sus filas, lo que en definitiva favorecen a depurar y mejorar la imagen institucional y redundan en el aumento de los niveles de seguridad ciudadana.

 

 

La propuesta de reforma incluye reformar y adicionan los artículos 121, 125, 126, 127, 232 y 232 Bis del Reglamento de BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO PARA EL MUNICIPIO DE HERMOSILLO para quedar de la siguiente forma:

 

Artículo 121.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, compete a la autoridad administrativa sancionar las faltas administrativas de policía y gobierno, las que, sin ser constitutivas de delito, alteren el orden y la tranquilidad u ofendan a la moral pública.

 

En el municipio en materia de Seguridad Publica establecerán un Consejo Municipal, el cual será  encargado de la coordinación, planeación e implementación del Sistema Nacional y Estatal de Seguridad Pública en sus respectivos ámbitos de gobierno. Así mismo, será responsable de dar seguimiento en sus respectivos ámbitos de competencia a los acuerdos, políticas y lineamientos emitidos por el Consejo Estatal en términos de los artículos 21, 22, 23 y demás relativos y aplicables de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Sonora.

 

Artículo 125.- La Policía Preventiva y Tránsito Municipal tienen a su cargo la preservación del orden público, para garantizar a la población su integridad física y patrimonial, su actuación se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, y honradez, salvaguardando en todo momento los principios constitucionales de seguridad jurídica, presunción de inocencia, debido proceso, adecuada defensa y el respeto irrestricto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Tratados Internacionales.

 

Artículo 126.- Para los efectos del artículo anterior, la Policía Preventiva y Tránsito municipal desempeñan funciones de carácter preventivo y vigilante. Sólo en auxilio, y a petición expresa del Ministerio Público Local o Federal o de la Policía Estatal de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, intervendrá en la investigación de algún delito, así también deberá coordinarse con los tres órdenes de gobierno para cumplir con los objetivos de la seguridad pública de conformidad con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, bajo las bases mínimas que la misma Constitución Federal marca para ello.

 

Artículo 127.- Los elementos de la Policía, en todo caso, deben sujetar su actuación a la Constitución General de la República, la Constitución del Estado de Sonora, la Ley de Seguridad Pública del Estado, el Código Nacional de Procedimientos Penales, el presente Bando, su reglamento disciplinario interno y demás ordenamientos aplicables.

 

Artículo 232.- El Director y los Auditores procederán observando, atendiendo y dándole seguimiento a lo siguiente:

a) …

b) A las irregularidades que se observen, por parte de los auditores, cuando los integrantes de la corporación policíaca municipal, los jueces o los médicos estén en servicio. Dichas irregularidades pueden consistir en:

1- ….

2- ….

3- ….

4- ….

5- No cumplir con lo establecido en la Constitución General de la República, Constitución del Estado de Sonora, Ley Estatal de Seguridad Pública,  Código Nacional de Procedimientos Penales, Ley de Tránsito para el Estado de Sonora y el Bando de Policía y Gobierno.

 

Artículo 232 Bis.- La Dirección de Asuntos Internos deberá contar con un centro de atención ciudadana operado las veinticuatro horas del día por servidores públicos específicamente entrenados y capacitados para brindar en cualquier momento el servicio telefónico a los ciudadanos consistente en asesorías, consultas, quejas, y en general cualquier trámite en las que se involucren a los integrantes de la policía preventiva y tránsito municipal, Médicos Legistas, Jueces Calificadores, y Secretarios de Acuerdos.

 

Los servidores públicos que laboren en el centro de llamadas se conducirán según el protocolo de atención telefónica, además se sujetarán a las evaluaciones de control de confianza, del desempeño y de competencias profesionales, así como al sistema de profesionalización que establezcan las disposiciones aplicables del Sistema Nacional y Estatal de Seguridad Pública.

 

 

R Noticias. Todos los derechos reservados © 2025