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Presenta Dip. Juan Jose Lam iniciativa con Punto de Acuerdo

Presenta Dip. Juan Jose Lam iniciativa con Punto de Acuerdo

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Por Redacciòn

 

HONORABLE  CONGRESO:

            C. Juan José Lam Angulo, en carácter de Diputado Local de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática de ésta Sexagésima Primera Legislatura, con el derecho de iniciativa, establecido  por los artículos 53, Fracción III, de la Constitución Política del Estado de Sonora y 32 Fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, acudo ante esta Soberanía, con el propósito de someter a su consideración, la siguiente INICIATIVA CON PUNTO DE ACUERDO, MEDIANTE EL CUAL SE EXHORTA A LA TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE SONORA Y AL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA, ASÍ COMO A LOS TITULARES DE LAS DELEGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL  DE LA SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA Y DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON RESIDENCIA EN NUESTRA ENTIDAD, PARA QUE CONFORME A SUS RESPECTIVAS ATRIBUCIONES, SE COORDINEN PARA QUE SE GARANTICE EL CUMPLIMIENTO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD A LA POBLACIÓN SONORENSE, EN CASOS DE URGENCIA MÉDICA QUE ESTE EN RIESGO DE PERDER LA VIDA DE PERSONAS, para lo cual fundo la procedencia de la misma, bajo la siguiente:


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

            El Artículo 4o. de la Constitución General de la República, dispone que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las Entidades Federativas en materia de salud.

            La Ley General de Salud, en su artículo 1 Bis, claramente establece que la Salud se entiende como un estado completo del bienestar físico, mental y social en las personas, como Usuarios de los Servicios de Salud.

            El Sistema de Salud Pública, incluye también a personas físicas y morales de los sectores social y privado, que prestan sus servicios de salud, con el objeto de dar cumplimiento al derecho a la protección de la salud.

            Los servicios básicos para la Salud que la Ley General regula en esta materia,  en su artículo 27 Fracción III,  donde contempla entre otros,  la de la ATENCIÓN DE URGENCIAS.

            Este es el tema central de esta proposición de acuerdo, EL DE LA ATENCIÓN MÉDICA CUANDO SE PRESENTAN   RIESGOS DE PÉRDIDAS  DE VIDAS EN SERES HUMANOS por enfermedades, accidentes, lesionados o Mujeres  embarazadas,  sin importar niveles socioeconómicos, género, cultural, religioso, étnico, y las personas si son o no, derechohabientes o afiliados a cualquier esquema de aseguramiento, y demás que tiendan a discriminar la atención médica urgente.

            Cuando se presentan  pacientes en urgencias de atención médica, que no son  derechohabientes de alguna  Institución Pública o Privada de Servicios de Salud, se les debe estabilizar conforme a sus signos vitales que garanticen que no corre peligro de perder la vida, entonces los Familiares o personas de confianza del paciente, decidirán qué servicios de salud sea el más conveniente, de acuerdo a sus situación socioeconómica.

            Las situaciones de emergencia de salud, son las más inesperadas y muchas veces es difícil pensar fríamente, de qué manera comportarse cuando se entra al hospital, o se lleva un enfermo en grave estado.

            Los pacientes de emergencia, pueden recibir hasta tres o cuatro facturas del hospital una vez que salen; unas, son los gastos de la emergencia, otras de estudios, análisis o radiografías que se hicieron y otras de los médicos o especialistas que atendieron al paciente, siendo por lo general muy  altos los precios de emergencia, en comparación a las consultas normales. 

            Los pacientes, pagan por atención  las 24 horas en equipos sofisticados y médicos entrenados especialmente.

                En la Ley Penal Sonorense, en su artículo 197,  es delito que quienes ejerzan la Medicina y sin justificación, se NIEGUEN A PRESTAR SUS SERVICIOS  a personas con NOTORIA URGENCIA, PONIENDO EN PELIGRO LA VIDA DEL PACIENTE, POR EXIGIR  ANTICIPADAMENTE EL PAGO POR SU TRABAJO  MÉDICO, incluyendo desde Médicos, Cirujanos y sus auxiliares, son responsables por los daños que causen en su práctica de su profesión, con una pena de un MES A CINCO AÑOS DE PRISIÓN.

            Se agrava más el comportamiento delictuoso, antisocial e inhumano de personal médico, cuando son  servidores públicos, en este caso en servicios de salud.

            Las Leyes, de Salud  y de Servicios de Salud de Sonora, cuentan con una estructura de Gobierno, donde el Poder Ejecutivo y Municipios, se coordinan con la Federación, y a la vez, otorgan licencias, permisos, es decir concesionan a Instituciones Privadas  los Servicios de Salud a la Población, por tanto, los Hospitales, Clínicas, Consultorios, SUS SERVICIOS DE SALUD, NO SON TOTALMENTE PRIVADOS, PORQUE DEPENDEN LEGALMENTE DE UNA CONCESIÓN DE ESTADO, MISMO QUE DEBE EJERCER LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL A LA SALUD DE LAS PERSONAS, Y MÁS CUANDO SE TRATE DE URGENCIAS MEDICAS QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA DEL PACIENTE.

            Para concluir, solo citaré un caso muy reciente respecto a FALTA DE ATENCIÓN  DE UNA URGENCIA MÉDICA, que  sucedió recientemente  en Hermosillo, en fecha 09 de Abril del 2016, y publicado en el Periódico El Expreso, en su Sección B de HERMOSILLO, de la Reportera  Leonor Hernández, que se titula: SU FAMILIA LAMENTA LA INSEGURIDAD E INJUSTICIA, INDIFERENCIA ACABA CON LA VIDA DE MENOR.

            En la referida nota, se informa que  el Joven Jesús Daniel Payan Ruiz de apenas 15 años de edad, quién la noche del pasado sábado 09 de abril, al ir a comprar un hot dog  a una cuantas cuadras de su casa, en la Colonia Miguel Hidalgo,  fue asaltado por un celular, y herido en el pecho, y ello le ocasionó una herida mortal, y a la casa del menor, fue un niño a avisar,  y un Hermano de la Víctima, lo traslado, y el cual  declaró qué al ver a su Hermano desangrar a chorros,  lo levantó y rápidamente lo traslado al hospital más cercano, sin embargo, al llegar a éste, no tuvo la respuesta que hubiese esperado.

            Dijo, que cuando lo encontró estaba inconsciente, lo llevamos al hospital pero el bato no nos quería abrir ni la puerta, nos dijo que en América del Norte si un paciente entraba es porque llevaba dinero para pagar porque ese era un hospital privado y que sin cinco mil pesos en la bolsa no pasaba, contó con evidente coraje el hermano…….en ese momento el hermano le rogó al doctor y le juro que el pagaría el dinero que por favor hiciese algo, pero éste se siguió negándose, pero ante su insistencia los dejo pasar, sin embargo apenas pasaron la puerta, volvió a brindarles la negativa, porque Daniel ya estaba muerto.

            Con este dato periodístico, tan lamentable, surge  la necesidad de hacer un alto de reflexión en estos caminos cruzados donde marca fuertemente la Indiferencia de una Sociedad, cada vez más mercantilizada e individualizada, que es producto y efecto de las políticas privatizadoras, y en donde más duele como en este caso de la SALUD, que no debe de suceder nunca más.

            Toda Institución Privada o Pública de Salud, sin distingo alguno, están obligadas aún en nuestras LEYES que deben de  salvar vidas humanas.

            Es pues, claro, que con los estilos de análisis y debate pertinentes,  propongo que Exhortemos a la C. Gobernadora como Titular del Ejecutivo del Estado, al Secretario de Salud del Estado de Sonora, así como a los Titulares de las  Delegaciones Federales de la Secretaria de Salud y Secretaria de Gobernación en nuestra Entidad, a que se coordinen entre sí, para que  las Instituciones, Hospitales o Clínicas de Servicios de Salud en Sonora,cumplan en qué casos de notoria urgencia se  atiendan a salvar vidas de personas que así lo requieran, y se fomente con ello, la cultura del respeto y atención a la vida humana. 

            En consecuencia, con fundamento en los Artículos 53, fracción III, de la Constitución Política del Estado de Sonora y 32, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:

 

ACUERDO

PRIMERO.- El Congreso del Estado de Sonora resuelve emitir un atento exhorto a la Titular del Poder Ejecutivo del Estado, y al Titular de la Secretaría de Salud del Ejecutivo Estatal, que conforme a sus atribuciones se Coordinen con las Delegaciones Federales de Salud y de Gobernación, para garantizar que las Instituciones de Servicios de Salud Públicas y Privadas atiendan en caso de urgencia a personas que esté en peligro de perder la vida en Sonora.

SEGUNDO.- El Congreso del Estado de Sonora resuelve emitir un atento exhorto a los Titulares de las Delegaciones de la Secretaría de Salud y de la Secretaría de Gobernación, ambas del Poder Ejecutivo Federal en Sonora, que conforme a sus atribuciones se coordinen con la Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora y con el Titular de la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado de Sonora, para garantizar que las Instituciones de Servicios de Salud Públicas y Privadas atiendan en caso de urgencia a personas que esté en peligro de perder la vida en Sonora.

            Finalmente, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 124, fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, solicitamos se considere el presente asunto como de urgente resolución y se dispense el trámite de Comisión, para que sea discutido y decidido, en su caso, en esta misma sesión ordinaria.

ES CUANTO!

A T E N T A M E N T E

DIP. JUAN JOSÉ LAM ANGULO

Hermosillo, Sonora a 21 de Abril de 2016

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