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La Regulación de casas de empeño rinde resultados en el país: Mario Sanchez Ruíz

La Regulación de casas de empeño rinde resultados en el país: Mario Sanchez Ruíz

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Por Mario Sanchez Ruiz


En  diciembre del 2012 en reunión de la  Comisión de Economía discutimos un análisis que provenía del Senado de la República, en materia de Casas de Empeño.

 

 

Desde el nombre llamó mi atención, pues sabemos que para muchos mexicanos las casas de empeño son una solución, ya que les permite contar con dinero inmediato para resolver necesidades básicas y en la mayoría de los casos, son usuarios que  no tienen acceso a otro tipo de financiamiento;  lo cual conjugado con la necesidad, la falta de información y la poca regulación que existía al respecto;  los hacía vulnerables y en muchos casos víctimas de abusos por malas prácticas de algunos establecimientos.

 

 ¿Qué establecía esta Ley?

 

En un solo artículo se refería a  la obligación de registrar ante  PROFECO su contrato de adhesión, y que se brindara a los consumidores información impresa y a la vista, sobre los términos y condiciones de dichos contratos; resaltando el monto de la tasa de interés anualizada que se cobraría sobre los saldos insolutos. Esto,  sin que ameritara sanción alguna en caso de incumplimiento.

 

¿Qué modificamos?

 

1.-  Se creó  dentro de  la PROFECO, un Registro de Casas de Empeño, en el que se deberían inscribir los establecimientos, para posteriormente obtener un registro público, sancionando a quien no lo hiciera con la clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de 90 días y con multa de 133 mil pesos  a más de 3 millones 700 mil pesos.

 

2.-  Establecimos los requisitos para poder obtener ese registro público, dentro de los cuales destaca.

 

 +Presentar la solicitud a la PROFECO.

 

 + Presentar el RFC.

 

 +Acompañar la solicitud con copia del contrato de adhesión.

 

 + Presentar los documentos que acrediten la personalidad jurídica de los socios y en su caso representantes.

 

 + Considerar como violación grave que se traduce en la cancelación definitiva del registro el que éstos hayan sido condenados por delitos patrimoniales, financieros o delincuencia organizada.

 

 

 

3.-  Sumamos el requisito de dar publicidad y transparencia respecto al costo diario y mensual totalizado en términos porcentuales para fines comparativos.

 

 

 

 

4.- Algo muy importante y que brinda confianza al consumidor, es que las Casas de Empeño posterior a la reforma,  cuentan con procedimientos que garantizan al pignorante la restitución de la prenda, en caso de  robo, extravío o deterioro.

 

En la construcción de las leyes, es importante visualizar los diferentes escenarios que puedan llegar a presentarse  en la materia que estemos regulando;  por lo tanto teníamos que atender una realidad que atañe a estos establecimientos, y me refiero al hecho de que se venían empeñando  artículos provenientes de hechos ilícitos.

 

Por ello establecimos que las Casas de Empeño deberán hacer del conocimiento de la procuraduría estatal que corresponda, mediante un reporte mensual, los siguientes actos o hechos que estén relacionados con las operaciones que realizan, de acuerdo con lo que se establece a continuación:

 

 

 

I.              Los casos en que un cliente haya empeñado tres o más artículos iguales o de naturaleza similar en una o más sucursales o unidades de negocio de una misma casa de empeño.

 

 

 

II.            Cuando racionalmente se pueda estimar que existe un comportamiento atípico del pignorante que permite suponer que los bienes prendarios son objetos provenientes de hechos ilícitos.

 

 

En caso de que no lo hicieren serán sancionadas con multas de $638.28 a 2 millones 496,402.43 pesos.

 

 

Por último se estableció la ejecución de un Programa de Registro Público y de Verificación y Vigilancia de Casas de Empeño.

 

 

Hoy me congratulo de estas reformas,  pues los últimos datos proporcionados por la Procuradora Lorena Martínez hacen ver que eran muy necesarias.

 

Como parte del balance de las visitas realizadas a  estos centros la PROFECO en un año, de enero de 2014 a enero de 2015;  realizó cuatro mil 173 visitas de inspección de las cuales se sancionó a mil 669 casas de empeño y suspendió la actividad comercial en mil 481 establecimientos por irregularidades a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y por incumplimiento de la Norma Oficial Mexicana 179 (NOM).

 

 

En el balance se expone que los estados en donde se registraron más sanciones fueron Jalisco, con 141; Nuevo León con 106; Baja California con 68;  Tamaulipas con 62 y Baja California Sur con 55.

 

 

El que hoy estén fuera del mercado casas de empeño que lucraban con los consumidores y no lo puedan seguir haciendo, es algo que me dice que  las cosas van por buen camino.

 

 

 

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