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Mantiene Transito el llamado a respetar a los límites de velocidad en la ciudad

El funcionario de esta área de la Jefatura de Policía Preventiva y Tránsito Municipal, mencionó que los accidentes fatales pueden evitarse en gran medida respetando las señales de tránsito y los límites de velocidad.

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Por Redacción

 

 

Hermosillo, Sonora, 24 de junio de 2014.- Un exhorto a los conductores para respetar los límites de velocidad y hacer caso de las señales de tráfico como semáforos y altos, lanzó el encargado del Departamento de Tránsito de Hermosillo, Rasiel Antonio Mendoza Ruiz.

El funcionario de esta área de la Jefatura de Policía Preventiva y Tránsito Municipal, mencionó que los accidentes fatales pueden evitarse en gran medida respetando las señales de tránsito y los límites de velocidad.

Se refirió de esta manera al hecho de que el domingo por la mañana, una persona perdió la vida por no respetar la velocidad de crucero permitida, ni detener su marcha en el semáforo de los pares viales José Carmelo y López del Castillo.

Recordó que en la Ley de Tránsito del Estado de Sonora se establece la prohibición de conducir un vehículo a velocidad superior a la permitida; y es en el artículo 88 de esa disposición legal, donde se puntualizan los límites cuando no se cuente con señales indicadoras.

De acuerdo con ello, son 60 kilómetros por hora en bulevares; 45 kilómetros por hora en pares viales; 30 en calles o avenidas; 20 en zonas escolares y 80 kilómetros por hora en zonas fuera de los perímetros urbanos.

Mendoza Ruiz pidió el apoyo de los conductores para moderar su velocidad y así evitar accidentes fatales en la ciudad, como ocurrió el domingo.

Reporte semanal

En otro tema relacionado, precisó que en la semana del 16 al 22 de junio, las estadísticas del Departamento de Tránsito de Hermosillo arrojaron un total de 38 accidentes viales, con 21 personas lesionadas y un ciudadano que perdió la vida.

Así mismo, se detectó a 199 conductores certificados y diagnosticados en estado de ebriedad, y se formularon siete mil 504 infracciones, de las cuales 660 fueron por exceso de velocidad; 286 por uso del celular; 564 por falta de cinturón; 61 por estacionarse en zonas de discapacidad; 604 por estacionarse sobre las banquetas y 70 por falta de placas de circulación.

 

LEY DE TRÁNSITO

ARTÍCULO 87.- Ninguna persona conducirá un vehículo por una vía pública, a velocidad mayor de la autorizada, con excepción de los vehículos de emergencia. La velocidad se determinará por medio de los dispositivos de medición, tales como radar, el marcador de velocidad de la unidad oficial o cualquier otro instrumento de precisión que sea destinado para tal efecto.

ARTÍCULO 88.- Los límites máximos de velocidad cuando no haya señales indicadoras serán los siguientes: 

I.- 60 kilómetros por hora en bulevares. 

II.- 45 kilómetros por hora en pares viales. 

III.- 30 kilómetros por hora en calles o avenidas.

IV.- 20 kilómetros por hora en zonas escolares.

V.- 80 kilómetros por hora en zonas fuera de los perímetros urbanos.

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