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Propone dip. Carlos Navarro derogar cobro del 10% a pensionados del Isssteson

La iniciativa de mérito presentada en la plenaria de este martes por el titular de la Representación Parlamentaria del PRD en la LX Legislatura está sustentada en resoluciones de los tribunales del Poder Judicial de la Federación que han decretado

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Por Rafael Rentería

 

                Por carecer de razón jurídica y contravenir el principio de equidad tributaria que consagra la norma constitucional, el diputado del Partido de la Revolución Democrática, Carlos Navarro López, propuso al pleno del Congreso la derogación del Artículo 60 BIS B de la Ley 38 del ISSSTESON, el cual establece el cobro de una cuota del 10% sobre el monto mensual que perciben como pensión los trabajadores.

La iniciativa de mérito presentada en la plenaria de este martes por el titular de la Representación Parlamentaria del PRD en la LX Legislatura está sustentada en resoluciones de los tribunales del Poder Judicial de la Federación que han decretado la inconstitucionalidad del descuento que realiza el ISSSTESON a los pensionados y jubilados.

En la exposición de motivos, el diputado Navarro López explica que las cuotas que durante la vida laboral activa ha aportado el trabajador tienen por objetivo el que, satisfechos los requisitos legales, éste pueda disfrutar de una pensión o renta para su subsistencia una vez terminada en forma definitiva la relación laboral.

“El Artículo 60 BIS B no tiene razón jurídica, ni práctica para que los pensionados continúen aportando determinada cantidad de dinero de su pensión para el fondo de pensiones, puesto que ya se encuentran en el supuesto legal para el que fue impuesta tal contribución, es decir, ya tienen la calidad de pensionados, y están legalmente facultados para la obtención de esta prestación económica”, precisa el ponente.

El diputado perredista planteó a los integrantes del pleno legislativo la urgencia de eliminar esa disposición inconstitucional de la Ley del ISSSTESON pues el sentido común, las evidencias y las sentencias de amparo dictadas por los órganos jurisdiccionales en materia Constitucional revelan que el cobro del 10% mensual a los trabajadores pensionados del gobierno es inequitativo e ilegal.

 

 

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