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Penalizarán en Sonora la dilatación injustificada en detenidos: Karina García

La adición de la fracción XVI al artículo 180, otorgará mayor certeza a los ciudadanos de que serán respetados sus derechos, que permitan definir su situación jurídica.

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Por Redacción

 

 

Hermosillo, Sonora; a 30 de mayo de 2014.- Por unanimidad se aprobó el dictamen con proyecto de decreto que adiciona la fracción XVI al artículo 180 del Código Penal del Estado, propuesta por la diputada Karina García Gutiérrez.

 

La iniciativa que promovió la legisladora caborquense tiene como finalidad tipificar como delito las omisiones por parte de la autoridad que realice el registro de la detención de una persona y no la ponga a disposición del mando competente o en su caso retrace injustificadamente la presentación del inculpado.

 

“Lo anterior implica que los agentes de la policía no pueden retener a una persona por más tiempo del estrictamente necesario para trasladarla ante el Ministerio Público”, explicó la legisladora.

 

García Gutiérrez afirmó que este mandato es la mayor garantía que tienen los individuos en contra de aquellas acciones de la policía que se encuentran fuera de los cauces legales y que están destinadas a presionar o influir en el detenido a la hora de rendir su declaración.

 

La adición de la fracción XVI al artículo 180, otorgará mayor certeza a los ciudadanos de que serán respetados sus derechos, que permitan definir su situación jurídica.

 

“La autoridad analizará cada caso y determinará si hubo o no dilación indebida en la puesta inmediata del detenido ante el Ministerio Público, de no existir motivos razonables entonces se incurrirá en un delito que ya está penalizado”, puntualizó la diputada Karina García Gutiérrez.

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