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Julio Iglesias logra victoria judicial contra la Fiscalía Española

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En un importante revés para la Fiscalía de la Audiencia Nacional, un juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha ordenado al Ministerio Público entregar a Julio Iglesias una copia de la denuncia por agresión sexual y otros delitos presentada en su contra, así como las declaraciones de las dos testigos protegidas.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo consideró que la negativa inicial de la Fiscalía a proporcionar esta información vulneraba el derecho de defensa del cantante. La magistrada Emilia Peraile Martínez, del Juzgado Central 5, argumentó que el acceso a las diligencias constituye una manifestación del derecho de defensa, incluso cuando no se haya atribuido formalmente la condición de investigado o sospechoso.

Todo se remonta a inicios de 2026, cuando una ONG presentó una denuncia ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional en nombre de dos extrabajadoras (una exempleada doméstica y una fisioterapeuta). Las mujeres acusaban a Julio Iglesias de presuntos delitos de agresión sexual, trata de seres humanos, malos tratos y otros, afirmando que los hechos ocurrieron en 2021 en residencias del artista en República Dominicana y Bahamas. Según las denunciantes, se habría normalizado un ambiente coercitivo con exigencias de relaciones sexuales.

La Fiscalía abrió diligencias preprocesales para verificar su competencia. Tomó declaraciones telemáticas a las dos mujeres como testigos protegidas y, tras analizar el caso, archivó las diligencias el 23 de enero de 2026 por falta de jurisdicción de los tribunales españoles. Los hechos presuntamente ocurrieron en el extranjero, las denunciantes no son españolas, no hay vínculos suficientes con España y no se cumplían los requisitos para intervenir.

El abogado José Antonio Choclán, defensor del cantante, solicitó acceso al expediente completo, incluyendo la denuncia inicial y las declaraciones. La Fiscalía, dirigida por Jesús Alonso, lo denegó argumentando que Iglesias no había alcanzado la condición de sospechoso y que se trataba de diligencias internas preliminares.

Choclán recurrió ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, alegando “interés legítimo” y vulneración del derecho de defensa, especialmente porque partes de la denuncia se habían difundido públicamente en medios, afectando la reputación e imagen del artista.

Este día, la magistrada ha fallado a favor de Iglesias. La sentencia destaca:

  • El derecho de defensa se extiende a sujetos pasivos de diligencias, aunque no formalmente investigados.
  • La Fiscalía misma reconoce el acceso en casos de interés legítimo.
  • No se ha acreditado riesgo para las denunciantes que justifique la negativa total.
  • La entrega debe hacerse anonimizando datos personales de las testigos para proteger su identidad.

Esta resolución permite al equipo legal de Julio Iglesias conocer los términos exactos de la denuncia y las declaraciones para evaluar posibles acciones adicionales (como medidas contra quienes difundieron la información o contra las propias denunciantes en otros órdenes jurisdiccionales). La decisión aún puede recurrirse en apelación.

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